IPMA España

Código Deontológico de la Dirección de Proyectos

Propósito

El presente Código Deontológico describe los comportamientos o conductas que la Asociación Española de Dirección e Ingeniería de Proyectos (AEIPRO) considera éticamente apropiados en el desempeño de la profesión de la Dirección de Proyectos y, por lo tanto, serán de obligatorio cumplimiento tanto para sus miembros como para los profesionales de la Dirección de Proyectos certificados por su Organismo de Certificación (OCDP).
Como profesionales de la Dirección de Proyectos, en el desempeño de nuestra profesión, deberemos incrementar el bienestar de todos los componentes de la Sociedad. Por lo tanto, es fundamental que dirijamos y realicemos nuestros proyectos de acuerdo con los más altos patrones de conducta ética de forma que obtengamos, conservemos y acrecentemos la confianza de nuestros colegas, colaboradores, empleados, clientes, usuarios y de la Sociedad a la que servimos.

 

Artículo I

El Director de Proyectos conducirá con un alto nivel de integridad personal todas sus relaciones profesionales:
- Será honesto y realista en sus estimaciones, informes, exposiciones o testimonios teniendo en cuenta la información y el tiempo disponibles.
- Acometerá proyectos y aceptará la responsabilidad de desarrollarlos sólo si está cualificado por su formación y experiencia previas.
- Admitirá sus propios errores y aceptará sus consecuencias, absteniéndose de alterar los hechos en un intento de justificar sus decisiones.
- Mantendrá su capacidad profesional al día y desarrollará permanentemente su formación profesional.
- Hará un buen uso del certificado concedido por IPMA®-AEIPRO según se establece en el Acuerdo de Buen Uso del Certificado.

Artículo II

El Director de Proyectos en relación con sus colegas:
- Les alentará en el cumplimiento de este código y les apoyará frente a las consecuencias que su cumplimiento pudiera ocasionar.
- Les tratará con justicia y nobleza sin discriminarles por razón de raza, religión, sexo, edad, especialidad o titulación.
- Les informará abiertamente de las restricciones legales o privadas señaladas, en su caso, por el cliente.
- Les animará a participar activamente en las asociaciones profesionales.
- Evitará conductas y competencias desleales.

Artículo III

El Director de Proyectos en relación con sus colaboradores y empleados:
- Proporcionará adecuadas condiciones de trabajo y oportunidades de promoción, promoviendo su desarrollo profesional.
- Buscará y aceptará sus críticas profesionales honestas e igualmente se las ofrecerá, a la vez que reconocerá sus contribuciones.
- Advertirá de las posibles consecuencias, directas o indirectas, inmediatas o futuras, positivas o negativas, originadas por los proyectos y de las que tenga conocimiento.
- Les protegerá eficazmente de cualquier daño físico, mental o moral.

Artículo IV

El Director de Proyectos en relación con la empresa en la que trabaja:
- Intentará promover la máxima productividad tratando de minimizar los costes.
- Respetará la confidencialidad de la información a la que tenga acceso.
- Actuará con lealtad, advirtiendo de cualquier circunstancia que pueda originar un conflicto de intereses.
- Contribuirá activamente al desarrollo personal y profesional de las personas que la integran y de la propia empresa.

Artículo V

El Director de Proyectos con sus clientes:
- No efectuará ni aceptará, directa ni indirectamente, ningún pago o servicio de más valor distinto al libremente pactado.
- Será honesto y realista en relación con el coste y el plazo del proyecto.
- Rehusará comprometerse en trabajos que crea no sean beneficiosos para sus clientes, a no ser que advierta primero a éstos sobre la improbabilidad del éxito de los resultados.

Artículo VI

El Director de Proyectos en el cumplimiento de sus obligaciones con los usuarios del proyecto:
- Proporcionará un adecuado nivel de satisfacción y seguridad a los usuarios durante la vida del proyecto.
- Respetará el Medio Ambiente a lo largo de todas las fases de la vida del proyecto.
- Pondrá sus conocimientos y experiencia a disposición de los ciudadanos cuando ello sea debidamente solicitado.
- Buscará promover un público conocimiento y aprecio por la Dirección de Proyectos y sus logros.

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